Trabajo por honorarios como si fuera empleado: ¿tengo derechos laborales?
Lo que importa es la subordinación
La ley laboral define la relación de trabajo por la subordinación, no por el nombre del contrato (arts. 20 y 21 LFT). Si hay una prestación de trabajo personal subordinada, se presume que hay relación laboral.
Señales que suelen pesar
Horario fijo, un jefe que da órdenes, herramientas o correo de la empresa, exclusividad, pago periódico fijo y reglas internas (reportes, permisos, juntas).
Ninguna señal decide por sí sola el caso; el abogado evalúa el conjunto.
Pruebas útiles
Facturas o recibos, chats con instrucciones, correos con la firma de la empresa, accesos, credenciales, calendarios de juntas y testigos.
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Revisa tu caso gratisOrientación informativa, no asesoría legal. Esta herramienta no es un despacho ni un abogado, no representa a nadie y no garantiza resultados. Las cifras son estimaciones y los plazos pueden variar según tu caso. Un abogado con cédula profesional debe revisar tu situación.